Descripción
El Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar en su
Capítulo VI, Sección A-VI/1-2 establece la obligatoriedad de este curso para
todas las personas empleadas o contratadas a bordo de un buque de
navegación marítima, para que sepan actuar en caso de que se detecte
fuego o humo, o bien, suene la alarma de incendios.